El despido improcedente

Esta entrada trata un tema laboral, que está a la orden del día: el despido improcedente. Son muchas las consultas que llegan a los abogados sobre los despidos laborales, especialmente en lo que se refiere al despido improcedente. A continuación, explicaré cuáles son sus características, las causas y qué derechos tengo como trabajador o trabajadora.

¿De cuántas maneras puede despedir una empresa?

La empresa puede despedir de dos maneras:

  1. Despido objetivo. – Se alegan causas organizativas, de producción, técnicas o económicas. Al trabajador se le indemniza con 20 días por año trabajado y la empresa debe preavisarle con 15 días de antelación.
  2. Despido disciplinario. – La causa del despido suele ser por culpa del trabajador (comportamiento grave, por ejemplo). En este caso no tiene derecho ni a indemnización ni tampoco a preaviso.

¿Cuál de estos es el despido improcedente?

El despido improcedente, en principio, no es ninguno de estos dos. Se dice que un despido es improcedente por la forma en que se ha gestionado por parte de la empresa, que no es la correcta, o bien porque no tiene una causa reconocida para el despido.

¿Entonces, qué es el despido improcedente?

El despido improcedente se produce cuando la empresa despide al trabajador o trabajadora sin una causa justificada o siendo la causa justificada, no lo ha tramitado de la forma correcta. Se produce por una decisión unilateral de la empresa, o sea, sin contar con el acuerdo del trabajador y con relación a cualquier contrato: temporal o indefinido.

En cambio, el despido procedente, que como la misma palabra lo define: despido procedente: es cuando la empresa tiene un motivo justificado o procedente para despedir al trabajador o trabajadora.

¿Cuándo se considera despido improcedente?

El despido improcedente, como he dicho antes, se da cuando no existe una causa justificada. Entonces hablaríamos de despido improcedente en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Que la causa alegada por la empresa no se ajuste a la Ley.
  2. Que la empresa no acredita la causa suficientemente o de forma precisa (aunque esta exista), o sea, que falta la prueba del despido.
  3. Siendo justa la causa del despido, no se haya comunicado correctamente: o bien se ha hecho verbalmente y no por escrito o no se ha indemnizado y/o finiquitado al trabajador o trabajadora.
  4. Que la empresa mienta en la causa del despido, alegando una falta cometida por el trabajador o trabajadora y se pueda demostrar que no sea cierto.
  5. Que la empresa se base en una falta leve o no tan grave para despedir al empleado o empleada, sobre todo si la falta se ha cometido sin intención o involuntariamente.

No sería un despido improcedente, por ejemplo, cuando se ha comunicado correctamente el despido, pero no se le ha dado un preaviso, ni tampoco sería improcedente si se ha calculado erróneamente la indemnización o finiquito. En estos casos, podemos reclamar y el empresario debe corregir los errores en los que haya incurrido.

¿Cuáles son las consecuencias del despido improcedente?

Las consecuencias del despido improcedente serían las siguientes:

  1. Extinción del contrato de trabajo y el abandono del puesto, como en cualquier despido, si no hay readmisión (lo explico más adelante).
  2. Cobrar la indemnización que me corresponda —la indemnización por despido improcedente es bastante más alta que en el despido procedente—, que se calcula a razón de 33 días de trabajo por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades, a excepción de los contratos anteriores al 12 de febrero de 2012 que serán a razón de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades. Por ejemplo: si yo firmé el contrato de trabajo el 1 de febrero de 2010 y me despiden el 21 de mayo de 2023, tendré que calcular mi indemnización en 2 fases:
    1. 1ª: desde el 1 de febrero de 2010 que firmé hasta el 12 de febrero de 2012 serían dos años a 45 días por año y
    1. 2ª: desde el 12 de febrero de 2012 al 21 de mayo de 2023, que me despiden, serían 11 años, 3 meses y 9 días a 33 días por año trabajado.

Para el cálculo de la indemnización de forma fácil podéis entrar en la página del Consejo General del poder judicial (poderjudicial.es) en la parte de servicios/utilidades, podéis encontrar calculadoras gratis de indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo y otras como las pensiones de alimentos, por ejemplo. Son muy útiles.

OJO CON EL TEMA DE LA INDEMNIZACIÓN: No siempre se paga indemnización al trabajador porque, a veces, la empresa readmite al trabajador. Lo explico más adelante.

  • Se cobra el finiquito: el salario del mes en curso + parte proporcional de las pagas extra + las vacaciones no disfrutadas hasta el día del despido.
  • Se pasa a la situación legal de desempleo. Bienvenidos al mundo del paro español.

¿Quién decide si es un despido improcedente?

En principio, la empresa, por sí misma, no puede o no debe poder despedir de forma improcedente a un trabajador, reconociéndolo como tal, en la carta de despido. La improcedencia de un despido la determina un juez.  

Pero las empresas tienen una opción de reconocer un despido improcedente sin acudir al Juzgado y sin esperar una sentencia: el acto de conciliación. Primero, la empresa comunica al trabajador un despido disciplinario en la carta de despido y después, acude el representante de la empresa y el trabajador al SMAC (servicio de mediación, arbitraje y conciliación) y firman un acuerdo mediante el cual la empresa reconoce el despido improcedente y el trabajador cobra la indemnización más alta, si ambos están de acuerdo.  De esta manera, la indemnización no tributa.

¿Qué debo hacer ante un despido improcedente?

  1. Comprobar que la indemnización sea la correcta: en la calculadora gratuita de la página del poderjudicial.es, en el apartado de servicios / utilidades se puede calcular rápidamente indicando un par de datos.
  2. Asegurarse de que no se está ante un despido nulo, que se da cuando la empresa pretende despedir al trabajador en ciertos supuestos protegidos por la ley (períodos de maternidad, víctimas de violencia de género, embarazos, etc.). La diferencia entre un despido improcedente y un despido nulo es que, en el despido nulo, la empresa queda obligada a readmitir al trabajador o trabajadora.   En este caso, tienes 20 días para denunciar a la empresa y solicitar la readmisión al puesto de trabajo.

¿Y si la empresa no reconoce el despido improcedente?

En caso de que la empresa despida al trabajador con un despido objetivo o disciplinario y no reconozca el despido improcedente, siéndolo (según lo que he explicado antes), entonces el trabajador tiene que demandar a la empresa en el Juzgado de lo social.

¿Cómo se hace?

El trabajador tiene que acudir, de forma obligatoria, en el plazo de 20 días desde que le comunican el despido, a la conciliación laboral ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) que depende de la Consejería de trabajo de cada CCAA, y presentará una papeleta de conciliación cumplimentada. Este servicio citará a la empresa y al trabajador un día concreto al acto de conciliación para intentar alcanzar un acuerdo, con ayuda de un abogado que actúa como mediador en el procedimiento.

Normalmente, la empresa subirá la cantidad de indemnización para tratar de cerrar un acuerdo, pero si no lo consiguen, el trabajador tendrá que presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 20 días (los plazos son muy cortos).

La demanda por despido improcedente realizada por un trabajador se puede presentar cuando concurra uno de estos dos motivos:

  1. El despido no se ha tramitado de la forma correcta: No se le ha indemnizado o no se le ha notificado la carta del despido con la causa del despido, por ejemplo.
  2. No existe un motivo justificado para el despido: Se ha mentido en el motivo del despido, por ejemplo, o se alegan unas causas que no corresponden exactamente con la realidad (una falta que no es tan grave como para proceder con el despido).

El único que en este caso puede determinar si el despido es procedente o no, es el juez que decidirá una vez revisadas las pruebas que aporten las partes. Eso sí, es la empresa la que tiene la obligación de demostrar que la causa del despido es cierta y que se ha tramitado en la forma correcta.

¿Qué consecuencias tiene el reconocimiento judicial de un despido improcedente?

En el caso de que el juez reconozca un despido improcedente, la empresa tiene 5 días para readmitir al trabajador, o bien, indemnizarle como despido improcedente (según las cantidades que he indicado antes).

¿Quién decide si se readmite o se indemniza?

Normalmente, lo decidirá la empresa, a no ser que el convenio colectivo reconozca expresamente este derecho al trabajador o se trate de un representante de los trabajadores o delegado sindical.

¿Si readmite al trabajador, qué consecuencias económicas habrá?

En este caso, el trabajador está obligado a devolver la cantidad íntegra recibida en concepto de indemnización y la empresa está obligada a abonarle al trabajador los salarios dejados de cobrar hasta la fecha.

Hasta aquí esta entrada sobre el despido improcedente. Espero que os haya servido para tener más información sobre el tema y os haya resultado útil.

¡Hasta la próxima entrada!

Todo legal online
Todo legal online
Artículos: 13
error: