La orden de alejamiento

En esta entrada, vamos a tratar un tema penal, tal vez menos utilizado, pero igualmente interesante, como es la orden de alejamiento. De forma general, todos sabréis qué es, pero vamos a contestar las preguntas clave sobre el tema para que tengáis toda la información posible si es que os puede interesar la cuestión.

¿Qué es una orden de alejamiento?

Una orden de alejamiento es una prohibición que se le impone a un sujeto —en adelante, le llamaremos agresor— respecto a otra persona o a sus familiares —en adelante, le llamaremos víctima—.

¿En qué puede consistir una orden de alejamiento?

La orden de alejamiento se puede imponer como una prohibición de:

  1. Residir o acudir a ciertos lugares, como, por ejemplo, el lugar donde se cometió el delito o el lugar de residencia de la víctima.
  2. Aproximarse a la víctima ni en su domicilio ni en los lugares que frecuente, por ejemplo: trabajo, gimnasio, colegio de los niños, lugares de ocio a los que suela acudir.
  3. Comunicarse con la víctima por cualquier medio escrito, verbal o visual y de forma directa o indirecta: se incluyen llamadas, mensajes de WhatsApp, redes sociales, a través de otras personas, cartas o llamadas perdidas.

¿De qué delitos se protege a la víctima?

La orden de alejamiento pretende proteger a la víctima de los delitos contra la vida y la integridad física o moral, por ejemplo: delito de torturas, homicidio y lesiones. También se les puede proteger de los delitos contra la libertad sexual como el acoso, agresión, agresión a menores de 16 años, exhibicionismo, prostitución, etc.

Por último, se le puede proteger a la víctima con una orden de alejamiento de los delitos contra la libertad y la seguridad, como, por ejemplo: coacciones, amenazas o detención ilegal.

Las órdenes de alejamiento se imponen como medidas bastante frecuentes en los delitos de violencia de género, violencia doméstica y delitos sexuales.

¿Cómo se puede solicitar?

Se puede solicitar mediante denuncia y aportando todos los indicios que la víctima tenga al alcance para que el juez valore si existe un riesgo objetivo o no, y, por consiguiente, si es necesaria o no la orden de alejamiento. En cualquier caso, debe tratarse de la comisión de un delito o de una amenaza real.

En casos de emergencia, la orden de alejamiento podrá ser acordada por el juzgado de guardia.

¿Cuánto dura una orden de alejamiento?

Dependerá del momento en el que se haya ordenado: si el juez la impone durante el procedimiento, como medida cautelar, durará lo que dure el procedimiento hasta que este finalice con una sentencia. Si se impone en la sentencia como una pena accesoria, durará lo que determine en juez en la propia sentencia. La duración máxima está establecida en diez años.

¿Y si el agresor y la víctima tienen hijos en común?

Se suspenderá el régimen de visitas, comunicaciones y estancia con los hijos mientras dure la orden de alejamiento, precisamente para proteger a la víctima.

¿Se puede retirar una orden de alejamiento?

Por lo general, no. Si se ha impuesto como medida cautelar y la víctima quiere retirarla, puede solicitarlo al juez que lleve el procedimiento, pero la retirará solo si es un caso muy excepcional o hayan cambiado muchísimo las circunstancias. Lo normal es que no se retire la orden de alejamiento y la decisión nunca es de la víctima sino del juez.

Si se ha impuesto como una pena en sentencia firme, no se puede retirar de ninguna forma, aunque lo solicite la víctima.

¿Qué ocurre si se incumple una orden de alejamiento?

Si el agresor se encuentra con la víctima, de forma fortuita, y se aleja inmediata y voluntariamente, quedará impune. Si es el caso, es recomendable que el agresor acuda a la policía a poner en conocimiento de este hecho para que tengan constancia de que ha sido un encuentro totalmente casual.

Ahora bien, si incumple con la orden de forma intencionada, o se encuentra de forma casual con la víctima y aprovecha para acercarse o comunicarse con ella, se tratará de un delito de quebrantamiento de condena, castigado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año de duración, consienta la víctima o no.

A veces, ocurre que es la propia víctima la que inicia la comunicación con el agresor o propicia un encuentro con él. En estos casos, la exclusiva responsabilidad recaerá en la víctima e igualmente, se considera por parte del agresor un quebrantamiento de la orden de alejamiento. De igual forma, recomiendo a quien tenga impuesta una orden de alejamiento y se encuentre en esta situación, que lo comunique inmediatamente a la policía para evitar una mayor repercusión, ya que se presumirá que ha actuado con dolo por su parte.

Hay que recordar que la decisión de mantener una orden de alejamiento o no, ni es decisión de la víctima ni del agresor, sino del juez, por lo tanto, mientras esté vigente, la orden de alejamiento no se podrá incumplir, aunque víctima y agresor se pusieran de acuerdo para ello. Punto final.

¿Cómo se controla su cumplimiento?

Se controlará mediante dispositivos electrónicos. El más habitual es la pulsera telemática, que contiene un dispositivo GPS con el que se hace un seguimiento de los movimientos de su portador. De esta forma, se puede ver fácilmente si incumple con la orden de alejamiento y cuándo lo hace. Si se intenta inutilizar o perturbar el dispositivo, el juez podrá imponer una pena de multa de 6 a 12 meses de duración. 

Espero que os haya resultado útil y que nunca os veáis en la necesidad de solicitar una orden de alejamiento, pero por si acaso, aquí os he dejado alguna información que os puede ayudar. En caso de tener dudas o necesitéis ampliar esta información, acudid a un abogado penalista para que os informe de los detalles y estudie vuestro caso personal.

Hasta la próxima entrada, ¡un saludo!

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